COBERTURAS
DEL SEGURO DE MOTOCICLETA
COBERTURA BÁSICA
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Se cubren todos los daños materiales que sufra el vehículo por los siguientes riesgos:
Colisión y vuelco
Rotura, desprendimiento y robo de cristales tales como: parabrisas, laterales, aletas, medallón, quemacocos, película de seguridad, así como los costos de instalación, quedando EXCLUIDOS espejos, emblemas, calaveras y faros.
Los daños causados por las personas que participen en Manifestaciones en la Vía Pública y que se citan en forma enunciativa mas no limitativa como: marchas, bloqueos viales, paros, mítines, disturbios de carácter obrero, alborotos populares, huelgas, etc.; así como los daños ocasionados por la aplicación de medidas preventivas o coercitivas que adopte la autoridad competente para contener o disipar a los participantes
Esta cobertura no ampara los daños que sufra la unidad, cuando ésta sea conducida por persona menor de 25 años y que carezca del tipo de licencia requerida para conducir la Unidad Asegurada
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Ampara el Robo Total de la unidad y/o las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de su Robo Total.
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Ampara la responsabilidad civil en que incurra el asegurado causando lesiones corporales o la muerte a terceras personas, distintas a las ocupantes o viajeros de la unida en un hecho de transito terrestre.
Así mismo ampara el pago que resulte de la obligación por concepto de Daño Moral, pagando como monto máximo la cantidad del 30% de la reparación del daño al que fuere condenado el Asegurado
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Ampara la responsabilidad civil en que incurra el Asegurado causando daños materiales a terceros en sus bienes derivada de un hecho de tránsito terrestre.
Así mismo ampara el pago que resulte de la obligación por concepto de Daño Moral, pagando como monto máximo la cantidad del 30% de la reparación del daño al que fuere condenado el Asegurado.
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Ampara la Responsabilidad Civil en que incurra el Asegurado que a consecuencia de un hecho de tránsito terrestre, cause la muerte a terceras personas.
Así mismo ampara el pago que resulte de la obligación por concepto de Daño Moral, pagando como monto máximo la cantidad del 30% de la reparación del daño al que fuere condenado el Asegurado.
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Ampara el pago de Gastos Médicos por concepto de:
-Hospitalización
-Medicinas
-Atención médica
-Enfermeros
-Servicios de ambulancia
-y se reembolsaran los gastos de entierro
Originados por lesiones corporales que sufra el asegurado o segundo ocupante del vehículo, en accidentes de tránsito o al momento de robo o intento del robo de la unidad asegurada.
En caso de exceder el limite de ocupantes marcado en la tarjeta de circulación del vehículo asegurado la cobertura quedara sin efecto.
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La Compañía se obliga a pagar los daños producidos al motor de la Unidad Asegurada en los que se determine Desbielamiento, siempre que los daños sean a consecuencia de fenómenos hidrometeorológicos, ya sea por la penetración de agua al interior del motor y que dicha penetración sea producida por encharcamientos o inundaciones.
COBERTURAS
ADICIONALES CON COSTO
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En caso de que el asegurado perdiera la vida o sufra lesiones corporales con motivo de un accidente automovilístico, mientras se encuentre conduciendo u ocupando la Unidad Asegurada.
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Ampara los daños materiales parciales o totales que sufran el o los accesorios asegurados e instalados en la Unidad Asegurada, a consecuencia de los riesgos descritos en la Cobertura de Daños Materiales.
El robo, daño o Pérdida Parcial o total que sufran el o los accesorios asegurados e instalados en la Unidad Asegurada de los daños o pérdidas materiales amparados en la Cobertura de Robo Total.
Para el pago de la cobertura se requerirá la factura de los accesorios.
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Se ampararan los siguientes riesgos:
Los daños materiales parciales o totales que sufran el Equipo Especial instalado en la Unidad Asegurada, a consecuencia de los riesgos descritos en la Cobertura de Daños Materiales.
El robo, daño o Pérdida Parcial o total que sufran el Equipo Especial instalado en la Unidad Asegurada, de los daños o pérdidas materiales amparados en la Cobertura de Robo Total.
Para el pago de la cobertura se requerirá la factura del equipo especial.
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Se ampararan los siguientes riesgos:
Los daños materiales que sufra la adaptación y/o conversión instalada en la Unidad Asegurada a consecuencia de los riesgos descritos en la Cobertura de Daños Materiales.
b) El robo, daño o pérdida de la adaptación y/o conversión, a consecuencia del Robo Total de la Unidad Asegurada y de los daños o pérdidas materiales amparados en la Cobertura de Robo Total.
Para el pago de la cobertura se requerirá la factura de la adaptación y conversión.
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Se ampararan los siguientes riesgos:
Los daños que sufran el Casco y/o la Vestimenta que utiliza el Conductor y/o su Acompañante, al momento del Siniestro.
Esta Cobertura ampara únicamente la Pérdida Total del Casco y/o Vestimenta.
Se entiende por Pérdida Total del Casco, cuando existan daños visibles que afecten la estructura impidiendo que siga cumpliendo su función para la que fue diseñado.
Se entiende por Pérdida Total de la Vestimenta cuando hay rotura o daños que disminuyan la utilidad y/o seguridad de: coderas o rodilleras o espalda o plásticos de protección interna
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La Compañía se obliga a amparar la reposición o reparación de la llave de la Motocicleta asegurada por la ocurrencia de cualquiera de los siguientes riesgos: robo, descompostura o rotura.
Hasta 2 eventos al año.
EXCLUSIONES
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